Dinero, España

España guarda tus cotizaciones cuando te vas. Una regla de dos años decide si algún día se convierten en pensión

VVisagrad, Publicado el jueves, 8 de octubre de 2026, 8 min de lectura
Quince años, y luego dos

Cada nómina española muestra un descuento por contingencias comunes, y la empresa paga encima unas cinco veces más. Casi todos los trabajadores extranjeros leen esa línea como un impuesto. Se parece más a un ahorro, con la diferencia de que es España quien decide en qué condiciones lo vuelves a ver, y esas condiciones son más estrictas de lo que casi nadie imagina al firmar su primer contrato. Si te vas de España con once años cotizados, nunca cobrarás una pensión española por ellos. Si te vas con dieciséis, todavía puedes perderla, por una segunda condición que no tiene nada que ver con cuánto tiempo pagaste.

Lo que pide de verdad una pensión española

La pensión contributiva de jubilación en España exige quince años cotizados, que la Seguridad Social cuenta en días: 5.475. El artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social añade una segunda prueba que casi nadie lee. Al menos dos de esos años tienen que estar dentro de los quince años inmediatamente anteriores a la jubilación. En 2026 la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 10 meses, o 65 si has cotizado 38 años y 3 meses, y se fija en 67 a partir de 2027.

Lo que España no tiene es una devolución. Algunos países reembolsan las cotizaciones a los trabajadores extranjeros que se marchan para siempre. España las conserva en tu historial de forma indefinida, lo que suena generoso hasta que haces las cuentas. Las cotizaciones que nunca llegan a una pensión siguen en el historial y no producen nada.

La regla de dos años que atrapa a quien se va

Piensa en una ingeniera que llega a los 28 años y trabaja en España hasta los 44. Dieciséis años, holgadamente por encima del mínimo. Luego un motivo familiar o una oferta mejor la devuelve a su país y deja de cotizar en España por completo. A los 67 solicita la pensión. Los quince años anteriores a esa solicitud van de los 52 a los 67, y dentro de ellos no hay ni una sola cotización española. Con la regla tal como está escrita, la segunda prueba falla y la pensión se deniega, por mucho que haya dieciséis años cotizados.

La ley tiene un único alivio. Si sigues dentro del sistema cuando dejas de pagar, técnicamente en alta o en una situación asimilada al alta sin obligación de cotizar, los dos años se cuentan hacia atrás desde la fecha en que terminó tu obligación de cotizar, no desde la fecha en que te jubilas. Esa es la puerta de la que trata el resto del artículo, porque quienes la mantienen abierta son casi siempre quienes lo planificaron antes de irse.

Dónde tu pasaporte cambia las cuentas

España coordina sus pensiones con tres grupos de países, y el grupo en el que caes decide si los años trabajados en otro sitio te ayudan a llegar a esos quince. Dentro de la UE, los reglamentos extienden la coordinación a los nacionales de fuera de la UE que han vivido legalmente en más de un Estado miembro, salvo Dinamarca. Los años en España y en Alemania se suman para comprobar el derecho, y después cada país paga su parte por el tiempo que pasaste allí. Alemania, por comparar, solo pide cinco años para pagar algo.

Fuera de la UE, España tiene convenios bilaterales con la mayor parte de América Latina, además de Marruecos, Túnez, Senegal, Cabo Verde, Filipinas, China, Japón, Corea, Rusia, Ucrania, Moldavia, Andorra, Australia, Canadá y Estados Unidos, y un convenio multilateral iberoamericano por encima. Un colombiano con nueve años en España y diez en Bogotá puede sumarlos. Un trabajador indio, pakistaní, bangladesí, nepalí o nigeriano no puede, porque España no tiene convenio con ninguno de esos países. Su historial español se queda solo, y sus años en casa no cuentan nada para él.

Tu situación
¿Cuentan los años de fuera para los 15 de España?
¿Paro en pago único si vuelves a tu país?
Te mudas a otro país de la UE
Sí, se suman los años en la UE
No, es solo para volver a tu país
Nacional de un país con convenio bilateral (p. ej. Marruecos, Colombia, Filipinas)
Sí, se suman los años en tu país
Sí, 40 % en España y 60 % en tu país
Nacional de un país sin convenio (p. ej. India, Pakistán, Nigeria)
No, solo cuentan los años en España
No

El pago único que algunas nacionalidades se llevan a casa

La misma línea divisoria atraviesa la prestación por desempleo, y aquí la diferencia se convierte en dinero contante. Un trabajador de fuera de la UE que pierde su empleo en España, tiene reconocida la prestación contributiva y es nacional de un país con convenio bilateral puede pedir al SEPE que le pague de una vez todo lo que le queda. El 40 por ciento se paga en España. El 60 por ciento restante se paga cuando el trabajador se presenta en el consulado español de su país, entrega su tarjeta de residencia y deja pasar el plazo de treinta días, dentro de los noventa días siguientes al primer pago.

El precio es alto, y lo es a propósito. Te comprometes a irte en treinta días y a no volver en tres años, tus autorizaciones de residencia se extinguen treinta días después del primer pago, y no puedes adelantar la vuelta devolviendo el dinero. Pasados los tres años tienes preferencia para un permiso de trabajo, y la residencia temporal anterior se retoma donde se quedó de cara a la larga duración. Para un trabajador indio o pakistaní nada de esto existe. Su prestación se cobra mes a mes, en España, como demandante de empleo inscrito en España.

Irse de España es una decisión de dinero tanto como de extranjería, y el orden en que haces las cosas importa: la fecha en que dejas de cotizar, si firmas un convenio especial, a qué país te mudas después. Cuéntanos tu historial de cotización y tus planes y veremos qué conservarías, qué perderías y qué merece la pena pagar para protegerlo.

Cotizar desde fuera: el convenio especial

El convenio especial es un acuerdo voluntario con la Tesorería General de la Seguridad Social que te permite seguir cotizando después de dejar de trabajar en España. Su modalidad general está abierta a quien haya cotizado al menos 1.080 días, unos tres años, en los doce años anteriores a la baja, y la orden ministerial que lo regula dice con claridad que el traslado al extranjero no lo extingue. Mientras está vigente se te considera en situación asimilada al alta, los años cuentan para los quince y la prueba de los dos años sigue mirando cotizaciones recientes que sí estás pagando.

Eliges la base por la que cotizas, dentro de unos límites ligados a tus cotizaciones anteriores. La cuota es el 28,3 por ciento de esa base, multiplicado por un coeficiente reductor de 0,94, más el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que en 2026 es el 0,9 por ciento de la base y sube al 1,2 por ciento en 2029. Con una base de 1.500 euros al mes salen unos 412 euros mensuales, una cantidad seria para casi cualquiera que acaba de volver a su país. El pago es por domiciliación bancaria, así que hay que mantener abierta una cuenta en España, y quien resida en el extranjero más de seis meses al año debe designar un representante con domicilio en España. Tres meses seguidos sin pagar, o cinco alternos, extinguen el convenio.

Si compensa o no es una cuenta que puedes hacer. Quien tiene catorce años cotizados y necesita uno más está en una posición muy distinta de quien tiene seis y necesitaría nueve. Para el primero, uno o dos años de convenio pueden abrir una pensión que vale muchas veces su coste. Para el segundo, la respuesta honesta suele ser que ese dinero rinde más ahorrado en otra parte.

Qué decidir antes de tu última nómina

Casi todo el daño ocurre porque la gente decide irse primero y mira la pensión después, cuando las opciones ya se han estrechado. Pide tu informe de vida laboral, el registro oficial de cada día cotizado, antes de marcharte, y compáralo con tus nóminas. Calcula dónde estás respecto a los quince años y respecto a la prueba de los dos años a la edad en que de verdad te vas a jubilar. Si te mueves de un país de la UE a otro, los años te siguen sin formularios. Si vuelves a un país con el que España tiene convenio, averigua qué te permite sumar ese convenio. Y si vuelves a India o a Pakistán, el convenio especial y la decisión de cuándo dejar de cotizar son las únicas herramientas que tienes, así que trátalas como parte de la mudanza.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años tengo que trabajar en España para cobrar una pensión?

Quince años cotizados, que la Seguridad Social cuenta como 5.475 días. Dos de esos años deben estar dentro de los quince años inmediatamente anteriores a la jubilación. En 2026 la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 10 meses, o 65 para quien acredite al menos 38 años y 3 meses cotizados, y llega a 67 a partir de 2027.

¿Me devuelven las cotizaciones a la Seguridad Social si me voy de España?

No. España no tiene ningún mecanismo que devuelva las cotizaciones a un trabajador que se marcha. Las cotizaciones se quedan en tu historial para siempre y solo se convierten en dinero si cumples los requisitos de una pensión, con años españoles solamente o sumando años de un país con el que España tiene un acuerdo de coordinación.

¿Tiene España convenio de Seguridad Social con India o Pakistán?

No. Los convenios bilaterales de España cubren la mayor parte de América Latina, Marruecos, Túnez, Senegal, Cabo Verde, Filipinas, China, Japón, Corea, Rusia, Ucrania, Moldavia, Andorra, Australia, Canadá y Estados Unidos. India, Pakistán, Bangladés, Nepal y Nigeria no están en la lista, así que los años trabajados allí no se pueden sumar a los españoles para llegar al mínimo de quince.

¿Puede un trabajador extranjero llevarse el paro a su país en un pago único?

Solo los nacionales de un país con convenio bilateral de Seguridad Social con España. Pueden pedir lo que les queda de la prestación contributiva en un único abono, el 40 por ciento en España y el 60 por ciento en un consulado español en su país, a cambio de irse en 30 días y no volver en tres años. Sus autorizaciones de residencia se extinguen 30 días después del primer pago. Los nacionales de India y Pakistán no pueden acogerse.

¿Puedo seguir cotizando a la Seguridad Social española después de irme?

Normalmente sí, mediante el convenio especial, siempre que hayas cotizado al menos 1.080 días en los doce años anteriores a la baja. El convenio no se extingue porque te traslades al extranjero. Eliges una base de cotización y pagas el 28,3 por ciento de ella, reducido por un coeficiente de 0,94, más el recargo intergeneracional del 0,9 por ciento en 2026, por domiciliación bancaria, y quien viva fuera más de seis meses al año debe designar un representante con domicilio en España.

Las edades de jubilación, los tipos de cotización, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional y la lista de países con los que España tiene convenio de Seguridad Social los fija la ley y cambian con el tiempo; las cifras de este artículo reflejan las normas vigentes en 2026. El derecho a pensión depende de tu historial completo de cotización, así que comprueba tu situación con tu vida laboral antes de decidir dejar de cotizar.

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Esta guía refleja la opinión de Visagrad y la información reunida en el momento de escribirla. Las normas, tasas, plazos y tiempos pueden cambiar rápido, y algunos datos pueden haber cambiado ya. Nada de esto es asesoramiento oficial, legal ni de inmigración. Para una orientación precisa y actualizada según tu propia situación, habla primero con nosotros.